Artículo 88 de Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional · Última reforma de referencia: 18-02-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 88.- Las condiciones generales de trabajo establecerán:
I.- La intensidad y calidad del trabajo;
II.- Las medidas que deben adoptarse para prevenir la realización de riesgos profesionales;
III.- Las disposiciones disciplinarias y la forma de aplicarlas.
IV.- Las fechas y condiciones en que los trabajadores deben someterse a exámenes médicos previos y periódicos, y V.- Las labores insalubres y peligrosas que no deben desempeñar los menores de edad y la protección que se dará a las trabajadoras embarazadas; y Fracción adicionada DOF 31-12-1974 VI.- Las demás reglas que fueren convenientes para obtener mayor seguridad y eficacia en el trabajo.
Fracción recorrida DOF 31-12-1974
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.