Ley federal

Artículo 84 de Ley Federal de Procedimiento Administrativo

Ley Federal de Procedimiento Administrativo · Última reforma de referencia: 18-05-2018 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 84.- La oposición a los actos de trámite en un procedimiento administrativo deberá alegarse por los interesados durante dicho procedimiento, para su consideración, en la resolución que ponga fin al mismo. La oposición a tales actos de trámite se hará valer en todo caso al impugnar la resolución definitiva.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo se refiere a cómo los interesados deben presentar su oposición a los actos de trámite dentro de un procedimiento administrativo. Es importante que esta oposición se realice durante el mismo procedimiento, ya que será considerada en la resolución final que cierre el caso.

Si un interesado no manifiesta su oposición en el momento adecuado, deberá hacerlo al impugnar la resolución definitiva. Esto significa que es fundamental actuar en el tiempo y forma establecidos para que la oposición sea válida.

  • La oposición debe presentarse durante el procedimiento administrativo.
  • Se considerará en la resolución que finaliza el procedimiento.
  • Si no se presenta a tiempo, se podrá alegar al impugnar la resolución definitiva.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 84 de Ley Federal de Procedimiento Administrativo?

El artículo 84 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo se refiere a cómo los interesados deben presentar su oposición a los actos de trámite dentro de un procedimiento administrativo. Es importante que esta oposición se realice durante el mismo procedimiento, ya que…

¿Está vigente el artículo 84?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 18-05-2018. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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