Ley federal

Artículo 44 de Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 44.- La mención de que existe una solicitud en trámite o patente o registro otorgado, solo podrá realizarse en el caso de que la invención, modelo de utilidad, diseño industrial o esquema de trazado de circuito integrado se encuentre en cualquiera de dichos supuestos.

Capítulo II De las Patentes

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 44 de Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial?

La mención de que existe una solicitud en trámite o patente o registro otorgado, solo podrá realizarse en el caso de que la invención, modelo de utilidad, diseño industrial o esquema de trazado de circuito integrado se…

¿Está vigente el artículo 44?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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