Ley federal

Artículo 111 de Ley Federal de Protección al Consumidor

Ley Federal de Protección al Consumidor · Última reforma de referencia: 21-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 111.- La Procuraduría señalará día y hora para la celebración de una audiencia de conciliación en la que se procurará avenir los intereses de las partes, la cual deberá tener lugar, por lo menos, cuatro días después de la fecha de notificación de la reclamación al proveedor.

La conciliación podrá celebrarse vía telefónica o por otro medio idóneo, en cuyo caso la Procuraduría o las partes podrán solicitar que se confirmen por escrito los compromisos adquiridos.

Párrafo reformado DOF 04-02-2004 Queda exceptuado de la etapa de conciliación, cuando el consumidor sea menor de edad y se haya vulnerado alguno de los derechos contemplados en el Título Segundo de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

Párrafo adicionado DOF 19-08-2010. Reformado DOF 11-01-2018

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La Procuraduría tiene la responsabilidad de fijar un día y hora para llevar a cabo una audiencia de conciliación. Esta audiencia busca resolver los intereses de ambas partes involucradas en una reclamación. Es importante que esta reunión se realice al menos cuatro días después de que se notifique al proveedor sobre la reclamación.

La conciliación puede realizarse por teléfono o mediante otros medios adecuados. En estos casos, se puede solicitar que los acuerdos alcanzados se confirmen por escrito. Sin embargo, hay una excepción: si el consumidor es menor de edad y se han vulnerado sus derechos según la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, no se llevará a cabo la etapa de conciliación.

  • La audiencia de conciliación busca resolver intereses de ambas partes.
  • Se debe realizar al menos cuatro días después de la notificación.
  • Puede ser por teléfono o por otros medios, con confirmación escrita opcional.
  • Los menores de edad tienen una excepción en este proceso.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 111 de Ley Federal de Protección al Consumidor?

La Procuraduría tiene la responsabilidad de fijar un día y hora para llevar a cabo una audiencia de conciliación. Esta audiencia busca resolver los intereses de ambas partes involucradas en una reclamación. Es importante que esta reunión se realice al menos cuatro días después…

¿Está vigente el artículo 111?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-12-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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