Ley federal

Artículo 97 de Ley Federal de Protección al Consumidor

Ley Federal de Protección al Consumidor · Última reforma de referencia: 21-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 97.- Cualquier persona podrá denunciar ante la Procuraduría las violaciones a las disposiciones de esta ley, la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, normas oficiales mexicanas y demás disposiciones aplicables. En la denuncia se deberá indicar lo siguiente:

Párrafo reformado DOF 04-02-2004 I. Nombre y domicilio del denunciado o, en su caso, datos para su ubicación;

Fracción adicionada DOF 04-02-2004 II. Relación de los hechos en los que basa su denuncia, indicando el bien, producto o servicio de que se trate, y Fracción adicionada DOF 04-02-2004 III. En su caso, nombre y domicilio del denunciante.

Fracción adicionada DOF 04-02-2004 La denuncia podrá presentarse por escrito, de manera verbal, vía telefónica, electrónica o por cualquier otro medio.

Párrafo adicionado DOF 04-02-2004

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 97 de la Ley Federal de Protección al Consumidor permite a cualquier persona presentar una denuncia ante la Procuraduría por violaciones a esta ley y otras normas relacionadas. Para realizar la denuncia, se deben incluir ciertos datos específicos.

  • Nombre y domicilio del denunciado, o información para localizarlo.
  • Descripción de los hechos que fundamentan la denuncia, incluyendo el bien, producto o servicio involucrado.
  • Nombre y domicilio del denunciante, si se desea proporcionar.

La denuncia puede ser presentada de diversas maneras: por escrito, de forma verbal, por teléfono, electrónicamente o a través de otros medios. Esto facilita que cualquier persona pueda hacer valer sus derechos como consumidor.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 97 de Ley Federal de Protección al Consumidor?

El artículo 97 de la Ley Federal de Protección al Consumidor permite a cualquier persona presentar una denuncia ante la Procuraduría por violaciones a esta ley y otras normas relacionadas. Para realizar la denuncia, se deben incluir ciertos datos específicos. Nombre y domicilio…

¿Está vigente el artículo 97?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-12-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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