Ley federal

Artículo 98 de Ley Federal de Protección al Consumidor

Ley Federal de Protección al Consumidor · Última reforma de referencia: 21-12-2023 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

ARTÍCULO 98.- Se entiende por visita de verificación la que se practique en los lugares a que se refiere el artículo 96 de acuerdo con lo dispuesto en esta ley, debiéndose:

Párrafo reformado DOF 04-02-2004 I. Levantar acta circunstanciada en presencia de dos testigos propuestos por la persona con quien se hubiere entendido la visita de verificación o por quien la lleve a cabo si aquélla se hubiere negado a proponerlos, en la que se hagan constar los hechos u omisiones así como las manifestaciones de quienes intervengan en la visita de verificación si así deciden hacerlo;

Fracción adicionada DOF 11-01-2018 II. Examinar los productos o mercancías, las condiciones en que se ofrezcan éstos o se presten los servicios y los documentos e instrumentos relacionados con la actividad de que se trate;

Fracción recorrida DOF 11-01-2018 III. Verificar precios, cantidades, cualidades, calidades, contenidos netos, masa drenada, tarifas e instrumentos de medición de dichos bienes o servicios en términos de esta ley;

Fracción recorrida DOF 11-01-2018 IV. Constatar la existencia o inexistencia de productos o mercancías, atendiendo al giro del proveedor, y Fracción reformada y recorrida DOF 11-01-2018 V. Llevar a cabo las demás acciones tendientes a verificar el cumplimiento de la ley.

Fracción recorrida DOF 11-01-2018

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La visita de verificación es un procedimiento que se realiza en ciertos lugares para asegurar el cumplimiento de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Durante esta visita, se deben seguir ciertas pautas específicas.

  • Acta circunstanciada: Se levanta un acta en presencia de dos testigos, que pueden ser propuestos por la persona que recibe la visita o por el verificador si no se proponen testigos.
  • Examen de productos: Se revisan los productos o mercancías, así como las condiciones en que se ofrecen y los documentos relacionados.
  • Verificación de información: Se comprueban precios, cantidades, calidades y otros aspectos de los bienes o servicios.
  • Constatación de existencia: Se verifica si los productos están disponibles, según el tipo de negocio.
  • Acciones adicionales: Se pueden realizar otras acciones necesarias para asegurar el cumplimiento de la ley.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 98 de Ley Federal de Protección al Consumidor?

La visita de verificación es un procedimiento que se realiza en ciertos lugares para asegurar el cumplimiento de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Durante esta visita, se deben seguir ciertas pautas específicas. Acta circunstanciada: Se levanta un acta en presencia de…

¿Está vigente el artículo 98?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-12-2023. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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