Artículo 30 de Ley Federal de Revocación de Mandato
Ley Federal de Revocación de Mandato · Última reforma de referencia: 26-09-2022 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 30. A la Junta General Ejecutiva del Instituto le corresponde:
I. Supervisar el cumplimiento de los programas de capacitación en materia de revocación de mandato, y II. Las demás que le encomiende la normatividad aplicable o le instruya el Consejo General o su Presidencia.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.