Artículo 61 de Ley Federal de Sanidad Animal
Ley Federal de Sanidad Animal · Última reforma de referencia: 21-05-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 61.- Cuando la enfermedad o plaga se circunscriba o rebase el ámbito territorial de una entidad federativa, la Secretaría promoverá la celebración de acuerdos o convenios con los gobiernos de las entidades federativas afectadas, así como con los organismos auxiliares de sanidad animal y particulares para coordinar las acciones zoosanitarias que la Secretaría determine para prevenir, controlar y erradicar enfermedades o plagas o para proteger zonas libres.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.