Ley federal

Artículo 39 de Ley Federal de Zonas Económicas Especiales

Ley Federal de Zonas Económicas Especiales · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 39. La Comisión Intersecretarial tendrá carácter permanente y tendrá las atribuciones siguientes:

I. Establecer la política para el establecimiento y desarrollo de Zonas;

II. Aprobar el Dictamen, a solicitud de la Secretaría;

III. Emitir los lineamientos a los cuales se sujetará la elaboración de Dictámenes;

IV. Aprobar el Programa de Desarrollo de cada Zona;

V. Determinar las acciones concretas que deben ejecutar las dependencias y entidades paraestatales en congruencia con el Programa de Desarrollo, con el objeto de asegurar el establecimiento, desarrollo y sustentabilidad de las Zonas y Áreas de Influencia;

VI. Dar seguimiento a la ejecución de las acciones señaladas en la fracción anterior, y formular las recomendaciones que correspondan;

VII. Establecer mecanismos de coordinación para agilizar la ejecución de políticas, proyectos y acciones, así como el otorgamiento de las concesiones y demás autorizaciones por parte de las dependencias o entidades paraestatales, que sean necesarias para el establecimiento y desarrollo de Zonas;

VIII. Proponer al Titular del Ejecutivo Federal, por conducto de la Presidencia de la Comisión Intersecretarial, los mecanismos para la coordinación de acciones y esfuerzos de los sectores público, privado y social en materia de información, inversiones, producción y demás factores que promuevan el desarrollo de las Zonas;

IX. Solicitar, cuando lo considere pertinente, la opinión·de académicos, especialistas o representantes de organismos de los sectores privado y social;

X. Solicitar a las dependencias y entidades paraestatales la información que sea necesaria para el ejercicio de sus funciones, y XI. Las demás que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 39 de Ley Federal de Zonas Económicas Especiales a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 39 de Ley Federal de Zonas Económicas Especiales?

La Comisión Intersecretarial tendrá carácter permanente y tendrá las atribuciones siguientes: I. Establecer la política para el establecimiento y desarrollo de Zonas; II. Aprobar el Dictamen, a solicitud de la…

¿Está vigente el artículo 39?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 01-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.