Ley federal

Artículo 1001 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1001.- Al patrón que viole las normas contenidas en el Reglamento Interior de Trabajo, se le impondrá multa por el equivalente de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización.

Artículo adicionado DOF 04-01-1980. Reformado DOF 30-11-2012, 01-05-2019

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1001 de la Ley Federal del Trabajo establece que si un patrón no cumple con las normas que se encuentran en el Reglamento Interior de Trabajo, se le podrá imponer una multa. Esta multa puede variar entre 50 y 500 veces la Unidad de Medida y Actualización.

Es importante destacar que esta disposición busca asegurar que los patrones sigan las reglas establecidas para el buen funcionamiento de las relaciones laborales. Las sanciones económicas son una forma de incentivar el cumplimiento de estas normas.

  • La multa es por incumplimiento del Reglamento Interior de Trabajo.
  • El monto de la multa oscila entre 50 y 500 veces la Unidad de Medida y Actualización.
  • Busca promover el respeto a las normas laborales.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1001 de Ley Federal del Trabajo?

Al patrón que viole las normas contenidas en el Reglamento Interior de Trabajo, se le impondrá multa por el equivalente de 50 a 500 veces la Unidad de Medida y Actualización. Artículo adicionado DOF 04-01-1980.…

¿Está vigente el artículo 1001?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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