Ley federal

Artículo 1000 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 1000.- El incumplimiento de las normas relativas a la remuneración de los trabajos, duración de la jornada y descansos, contenidas en un contrato Ley, o en un contrato colectivo de trabajo, se sancionará con multa por el equivalente de 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización.

Artículo adicionado DOF 04-01-1980. Reformado DOF 30-11-2012, 01-05-2019

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 1000 de la Ley Federal del Trabajo establece que si no se cumplen las normas sobre remuneración, duración de la jornada y descansos que están en un contrato Ley o en un contrato colectivo de trabajo, se impondrá una multa. Esta multa puede ser de 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización.

Es importante tener en cuenta que estas sanciones buscan garantizar el respeto a los derechos laborales establecidos en los contratos. Las multas son una forma de penalizar el incumplimiento de las obligaciones en el ámbito laboral.

  • Se sanciona el incumplimiento de normas laborales.
  • Las multas oscilan entre 250 y 5000 veces la UMA.
  • Aplica a contratos Ley y contratos colectivos de trabajo.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1000 de Ley Federal del Trabajo?

El incumplimiento de las normas relativas a la remuneración de los trabajos, duración de la jornada y descansos, contenidas en un contrato Ley, o en un contrato colectivo de trabajo, se sancionará con multa por el…

¿Está vigente el artículo 1000?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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