Ley federal

Artículo 109 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 109.- El pago deberá efectuarse en día laborable, fijado por convenio entre el trabajador y el patrón, durante las horas de trabajo o inmediatamente después de su terminación.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 109 de la Ley Federal del Trabajo establece que el pago de los salarios debe realizarse en un día laborable. Este día es determinado por un acuerdo entre el trabajador y el patrón. Además, el pago debe efectuarse durante las horas de trabajo o inmediatamente después de que estas concluyan.

  • El pago se realiza en días laborables.
  • El día específico es acordado entre el trabajador y el patrón.
  • El pago puede hacerse durante las horas de trabajo o al finalizar la jornada.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 109 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 109 de la Ley Federal del Trabajo establece que el pago de los salarios debe realizarse en un día laborable. Este día es determinado por un acuerdo entre el trabajador y el patrón. Además, el pago debe efectuarse durante las horas de trabajo o inmediatamente después…

¿Está vigente el artículo 109?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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