Ley federal

Artículo 157 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 157.- El incumplimiento de las obligaciones contenidas en los artículos 154 y 156 da derecho al trabajador para solicitar ante el Tribunal, a su elección, que se le otorgue el puesto correspondiente o se le indemnice con el importe de tres meses de salario. Tendrá además derecho a que se le paguen los salarios e intereses, en su caso, a que se refiere el párrafo segundo del artículo 48.

Artículo reformado DOF 30-11-2012, 01-05-2019

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 157 de la Ley Federal del Trabajo se refiere a las consecuencias que enfrenta un empleador si no cumple con ciertas obligaciones laborales establecidas en los artículos 154 y 156. En caso de incumplimiento, el trabajador tiene derecho a tomar acciones legales ante un Tribunal.

El trabajador puede optar por dos alternativas: solicitar que se le otorgue el puesto que le corresponde o recibir una indemnización equivalente a tres meses de salario. Además, tiene derecho a que se le paguen los salarios y los intereses correspondientes, según lo mencionado en el segundo párrafo del artículo 48.

  • Derecho a solicitar el puesto correspondiente.
  • Opción de recibir una indemnización de tres meses de salario.
  • Derecho a salarios e intereses, según el artículo 48.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 157 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 157 de la Ley Federal del Trabajo se refiere a las consecuencias que enfrenta un empleador si no cumple con ciertas obligaciones laborales establecidas en los artículos 154 y 156. En caso de incumplimiento, el trabajador tiene derecho a tomar acciones legales ante un…

¿Está vigente el artículo 157?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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