El artículo 202 de la Ley Federal del Trabajo se refiere a los derechos de los trabajadores que realizan viajes como parte de su labor. Si un viaje se extiende o se retrasa, estos trabajadores tienen derecho a recibir un aumento proporcional en sus salarios. Esto significa que, si el tiempo que pasan viajando aumenta, su remuneración también debe ajustarse en consecuencia.
Por otro lado, si el viaje se acorta, el salario de los trabajadores no puede disminuir, sin importar la razón por la cual se haya reducido la duración del viaje. Esto garantiza que los trabajadores mantengan su salario, protegiendo así sus ingresos ante cambios en la duración de sus actividades laborales.
- Aumento proporcional de salarios por prolongación de viajes.
- Salarios no se reducen si el viaje se acorta.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.