El artículo 214 de la Ley Federal del Trabajo se refiere a la Casa del Marino, un espacio destinado a ofrecer servicios a los marinos. Este artículo otorga al Ejecutivo Federal la responsabilidad de establecer cómo se sostendrán y mejorarán estos servicios. Además, se menciona que el Ejecutivo también fijará las aportaciones que deben realizar los patrones, es decir, los empleadores en este sector.
- El Ejecutivo Federal tiene la autoridad para mejorar los servicios de la Casa del Marino.
- Se determinarán las aportaciones que los patrones deben hacer para este fin.
Este artículo forma parte del capítulo que aborda el trabajo de las tripulaciones aeronáuticas, aunque su enfoque principal es el bienestar de los marinos a través de la Casa del Marino.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.