El artículo 274 de la Ley Federal del Trabajo establece que los sindicatos tienen la obligación de entregar a los patrones una lista detallada. Esta lista debe incluir el nombre y la categoría de los trabajadores que están designados para realizar ciertas maniobras en situaciones específicas.
- Los sindicatos deben proporcionar información precisa a los patrones.
- La lista debe incluir tanto el nombre como la categoría de los trabajadores.
- Se aplica a cada caso particular donde se requieran maniobras.
Este artículo busca asegurar que los patrones cuenten con la información necesaria sobre los trabajadores que desempeñan funciones específicas, promoviendo así una mejor organización y cumplimiento de las tareas laborales.
Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.