Ley federal

Artículo 282 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 282.- El trabajo del campo deberá fijarse mediante contrato por escrito, siempre que una persona se obligue frente a otra a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios en las actividades a que se refiere este Capítulo, de manera subordinada y mediante el pago de un salario.

Las condiciones de trabajo deberán constar en dicho contrato, observándose lo dispuesto en el artículo 25 y lo señalado en este Capítulo. Además, dichas condiciones de trabajo establecerán los mecanismos acordados para informar a las personas trabajadoras del campo acerca de las autoridades del trabajo y servicios sociales a las que se podrán acudir cuando la persona trabajadora del campo considere que sus derechos han sido menoscabados, a fin de ejercer la acción legal conducente.

Todas las personas trabajadoras del campo deberán contar con un ejemplar del contrato de trabajo. La falta del escrito del contrato de trabajo no priva a las personas trabajadoras del campo de los derechos que deriven por los servicios prestados, y será imputable a la persona empleadora la falta de esa formalidad.

Las personas empleadoras de servicios especializados que intervienen en el proceso de contratación de personal a través del reclutamiento y selección no se considerarán personas empleadoras, este carácter lo tiene quien se beneficia de los servicios.

Artículo reformado DOF 30-11-2012, 24-01-2024

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El trabajo en el campo debe formalizarse a través de un contrato escrito. Este contrato se establece cuando una persona se compromete a realizar actividades bajo la dirección de otra, recibiendo un salario a cambio. Es importante que en el contrato se detallen las condiciones laborales, siguiendo lo que indica el artículo 25 y lo que se menciona en este capítulo de la ley.

Además, el contrato debe incluir información sobre las autoridades laborales y servicios sociales disponibles para que los trabajadores del campo puedan acudir si sienten que sus derechos han sido vulnerados. Cada trabajador debe tener una copia del contrato, y la ausencia de este documento no afecta sus derechos laborales, siendo responsabilidad del empleador no haberlo proporcionado. Por otro lado, las empresas que solo se dedican al reclutamiento no son consideradas empleadoras; el verdadero empleador es quien se beneficia de los servicios del trabajador.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 282 de Ley Federal del Trabajo?

El trabajo en el campo debe formalizarse a través de un contrato escrito. Este contrato se establece cuando una persona se compromete a realizar actividades bajo la dirección de otra, recibiendo un salario a cambio. Es importante que en el contrato se detallen las condiciones…

¿Está vigente el artículo 282?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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