Ley federal

Artículo 565 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 565.- Las Comisiones Consultivas se integrarán de conformidad con las disposiciones siguientes:

I. Con un presidente;

II. Con un número igual de representantes de los trabajadores y de los patrones, no menor de tres ni mayor de cinco, designados de acuerdo a lo dispuesto en el Capítulo II del Título Trece de esta Ley;

III. Con los asesores técnicos y especialistas que se considere conveniente, designados por el Presidente de la Comisión Nacional; y IV. Con un Secretariado Técnico.

Artículo reformado DOF 21-01-1988

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

Las Comisiones Consultivas son grupos que se forman siguiendo ciertas reglas establecidas en la Ley Federal del Trabajo. Estas comisiones tienen una estructura específica que incluye varios miembros.

  • Un presidente que lidera la comisión.
  • Representantes de los trabajadores y de los patrones, con un número igual de cada uno, que debe ser entre tres y cinco. Estos representantes son designados conforme a lo que indica el Capítulo II del Título Trece de la misma ley.
  • Asesores técnicos y especialistas que se consideren necesarios, los cuales son designados por el Presidente de la Comisión Nacional.
  • Un Secretariado Técnico que apoya en las funciones de la comisión.

Este artículo fue reformado el 21 de enero de 1988.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 565 de Ley Federal del Trabajo?

Las Comisiones Consultivas son grupos que se forman siguiendo ciertas reglas establecidas en la Ley Federal del Trabajo. Estas comisiones tienen una estructura específica que incluye varios miembros. Un presidente que lidera la comisión. Representantes de los trabajadores y de…

¿Está vigente el artículo 565?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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