Ley federal

Artículo 801 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 801.- Los interesados presentarán los originales de los documentos privados y, cuando formen parte de un libro, expediente o legajo, exhibirán copia para que se compulse la parte que señalen, indicando el lugar en donde éstos se encuentren, debiendo justificar la circunstancia por la cual no puede exhibirlos en el Tribunal; en este caso el juez podrá comisionar a un actuario o secretario para que de fe de los extremos de la prueba, observando en lo conducente lo establecido en los artículos 827 y 829 de esta Ley.

Artículo reformado DOF 04-01-1980, 01-05-2019

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 801 de la Ley Federal del Trabajo se refiere a la presentación de documentos en un procedimiento legal. Los interesados deben presentar los originales de los documentos privados. Si estos documentos forman parte de un libro, expediente o legajo, es necesario mostrar una copia y señalar el lugar donde se encuentran los originales.

Si no es posible exhibir los documentos originales en el Tribunal, se debe justificar esta situación. En tal caso, el juez tiene la facultad de comisionar a un actuario o secretario para que verifique y dé fe de los detalles de la prueba, siguiendo lo que indican otros artículos de la ley.

  • Presentación de documentos originales y copias.
  • Justificación si no se pueden exhibir los originales.
  • Posibilidad de que un actuario o secretario verifique la prueba.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 801 de Ley Federal del Trabajo?

Los interesados presentarán los originales de los documentos privados y, cuando formen parte de un libro, expediente o legajo, exhibirán copia para que se compulse la parte que señalen, indicando el lugar en donde éstos…

¿Está vigente el artículo 801?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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