Ley federal

Artículo 844 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 844.- Cuando la condena sea de cantidad líquida, se establecerán en la propia sentencia, sin necesidad de incidente, las bases con arreglo a las cuales deberá cumplimentarse.

Artículo reformado DOF 04-01-1980, 01-05-2019

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 844 de la Ley Federal del Trabajo se refiere a las condenas que implican el pago de una cantidad de dinero ya determinada, es decir, una cantidad líquida. Cuando se emite una sentencia que ordena este tipo de pago, el juez debe incluir en la misma las bases que se utilizarán para llevar a cabo el cumplimiento de la condena.

Esto significa que no es necesario realizar un procedimiento adicional para establecer cómo se llevará a cabo el pago, ya que el juez lo especificará directamente en la sentencia. Esto busca simplificar el proceso y asegurar que las partes involucradas tengan claridad sobre las condiciones del pago.

  • Se refiere a condenas de cantidad líquida.
  • Las bases para el cumplimiento se establecen en la sentencia.
  • No se requiere un incidente adicional para el cumplimiento.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 844 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 844 de la Ley Federal del Trabajo se refiere a las condenas que implican el pago de una cantidad de dinero ya determinada, es decir, una cantidad líquida. Cuando se emite una sentencia que ordena este tipo de pago, el juez debe incluir en la misma las bases que se…

¿Está vigente el artículo 844?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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