Ley federal

Artículo 893 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 893.- Los escritos de demanda y contestación deberán cumplir con los requisitos a que se refieren los artículos 872 y 873-A de esta Ley, en lo que sea aplicable.

Una vez que el Tribunal admita la demanda con los documentos y copias requeridas, se correrá traslado al demandado, quien deberá contestarla por escrito dentro de los diez días siguientes a la fecha del emplazamiento, pudiendo objetar las pruebas del actor, con el apercibimiento de que de no hacerlo se le tendrán por admitidas las peticiones del actor.

Con copia del escrito de contestación y sus anexos se correrá traslado a la parte actora para que en el término de tres días formule réplica y objete pruebas de su contraria. Desahogada ésta, se correrá traslado al demandado para que en el mismo plazo realice su contrarréplica.

En estos procedimientos se privilegiará la substanciación en línea, salvo la imposibilidad material para ello y sin detrimento de los derechos de los trabajadores, asegurados y sus beneficiarios.

Artículo adicionado DOF 04-01-1980. Reformado DOF 01-05-2019

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 893 de la Ley Federal del Trabajo establece los procedimientos que deben seguirse en un juicio laboral, específicamente en la presentación y respuesta de demandas. Los escritos de demanda y contestación deben cumplir con ciertos requisitos establecidos en artículos anteriores de la misma ley.

Una vez que el Tribunal acepta la demanda, se notifica al demandado, quien tiene un plazo de diez días para responder por escrito. En su respuesta, puede objetar las pruebas presentadas por el actor; si no lo hace, se considerarán aceptadas. Después de recibir la contestación, el actor tiene tres días para formular una réplica y objetar las pruebas del demandado. Luego, el demandado también podrá presentar su contrarréplica en el mismo plazo.

  • Los escritos deben cumplir con requisitos específicos.
  • El demandado tiene diez días para contestar.
  • El actor tiene tres días para réplica.
  • Se prioriza la substanciación en línea.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 893 de Ley Federal del Trabajo?

Los escritos de demanda y contestación deberán cumplir con los requisitos a que se refieren los artículos 872 y 873-A de esta Ley, en lo que sea aplicable. Una vez que el Tribunal admita la demanda con los documentos y…

¿Está vigente el artículo 893?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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