Ley federal

Artículo 925 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 925.- Para los efectos de este Capítulo, se entiende por servicios públicos los de comunicaciones y transportes, los de luz y energía eléctrica, los de limpia, los de aprovechamiento y distribución de aguas destinadas al servicio de las poblaciones, los de gas, los sanitarios, los de hospitales, los de cementerios y los de alimentación, cuando se refieran a artículos de primera necesidad, siempre que en este último caso se afecte alguna rama completa del servicio.

Artículo adicionado DOF 04-01-1980

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 925 de la Ley Federal del Trabajo define qué se entiende por "servicios públicos". Estos son aquellos servicios esenciales que incluyen:

  • Comunicaciones y transportes.
  • Luz y energía eléctrica.
  • Servicios de limpieza.
  • Aprovechamiento y distribución de aguas para las poblaciones.
  • Gas.
  • Servicios sanitarios.
  • Hospitales.
  • Cementerios.
  • Alimentación, específicamente en relación con artículos de primera necesidad, afectando a una rama completa del servicio.

Esta clasificación es importante para entender cómo se regulan y protegen estos servicios en el ámbito laboral y social, asegurando que se mantengan operativos y accesibles para la población.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 925 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 925 de la Ley Federal del Trabajo define qué se entiende por "servicios públicos". Estos son aquellos servicios esenciales que incluyen: Comunicaciones y transportes. Luz y energía eléctrica. Servicios de limpieza. Aprovechamiento y distribución de aguas para las…

¿Está vigente el artículo 925?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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