Ley federal

Artículo 945 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 945. Las sentencias deben cumplirse dentro de los quince días siguientes al día en que surta efectos la notificación. Vencido el plazo, la parte que obtuvo sentencia favorable podrá solicitar la ejecución de ésta en términos de lo dispuesto en el artículo 950 de esta Ley.

Si el juez advierte que existe riesgo de no ejecutar la sentencia, o si el patrón realiza actos tendientes al incumplimiento de la misma, el juez tomará las medidas necesarias a efecto de lograr el cumplimiento eficaz de la sentencia. Para ello podrá decretar el embargo de cuentas bancarias y/o bienes inmuebles, debiendo girar los oficios respectivos a las instituciones competentes. Asimismo, deberá dar vista a las instituciones de seguridad social a efecto de que se cumplimenten las resoluciones en lo que respecta al pago de las cotizaciones y aportaciones que se contengan en la sentencia.

La acción para solicitar la ejecución de las sentencias definitivas del Tribunal prescribe en dos años en términos del artículo 519 de esta Ley. La prescripción correrá a partir del día siguiente al que hubiese notificado la sentencia del Tribunal a las partes y solo se interrumpe en los siguientes casos:

a) Por la presentación de la solicitud de ejecución debidamente requisitada, mediante la cual la parte que obtuvo sentencia favorable, solicite al juez dicte el auto de requerimiento y embargo correspondiente, o bien que abra el Incidente de Liquidación, y b) Cuando alguna de las partes interponga el medio de impugnación correspondiente.

Independientemente de lo anterior, las partes pueden convenir en las modalidades de su cumplimiento.

Artículo adicionado DOF 04-01-1980. Reformado DOF 30-11-2012, 01-05-2019

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

Las sentencias en materia laboral deben cumplirse dentro de los quince días siguientes a su notificación. Si este plazo se vence, la parte que ganó la sentencia puede solicitar su ejecución. Si el juez considera que hay riesgo de incumplimiento, puede tomar medidas para asegurar que se cumpla la sentencia, como embargar cuentas bancarias o bienes inmuebles.

Además, el juez informará a las instituciones de seguridad social para que se realicen los pagos correspondientes. La acción para solicitar la ejecución de sentencias tiene un plazo de prescripción de dos años, que comienza al día siguiente de la notificación de la sentencia. Este plazo puede interrumpirse en ciertos casos, como la presentación de una solicitud de ejecución o la interposición de un medio de impugnación.

  • Cumplimiento de sentencias en 15 días.
  • Posibilidad de solicitar ejecución si no se cumple.
  • Medidas del juez para asegurar cumplimiento.
  • Plazo de prescripción de 2 años para solicitar ejecución.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 945 de Ley Federal del Trabajo?

Las sentencias en materia laboral deben cumplirse dentro de los quince días siguientes a su notificación. Si este plazo se vence, la parte que ganó la sentencia puede solicitar su ejecución. Si el juez considera que hay riesgo de incumplimiento, puede tomar medidas para asegurar…

¿Está vigente el artículo 945?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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