Ley federal

Artículo 95 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 95.- La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos y las Comisiones Consultivas se integrarán en forma tripartita, de acuerdo a lo establecido por el Capítulo II del Título Trece de esta Ley.

Artículo reformado DOF 24-12-1974, 21-01-1988

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos y las Comisiones Consultivas están compuestas por representantes de tres sectores: el gobierno, los trabajadores y los patrones. Esta estructura tripartita busca asegurar que las decisiones sobre los salarios mínimos sean justas y representativas de los intereses de todos los involucrados.

  • La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos se encarga de establecer y revisar los salarios mínimos en el país.
  • Las Comisiones Consultivas pueden abordar temas relacionados con las condiciones laborales y el salario.
  • La integración tripartita es fundamental para garantizar un diálogo equilibrado entre las partes.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 95 de Ley Federal del Trabajo?

La Comisión Nacional de los Salarios Mínimos y las Comisiones Consultivas están compuestas por representantes de tres sectores: el gobierno, los trabajadores y los patrones. Esta estructura tripartita busca asegurar que las decisiones sobre los salarios mínimos sean justas y…

¿Está vigente el artículo 95?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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