Ley federal

Artículo 96 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 96.- La Comisión Nacional determinará la división de la República en áreas geográficas, las que estarán constituidas por uno o más municipios en los que deba regir un mismo salario mínimo general, sin que necesariamente exista continuidad territorial entre dichos municipios.

Artículo reformado DOF 21-01-1988

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

La Comisión Nacional tiene la responsabilidad de dividir el territorio de México en áreas geográficas. Estas áreas están formadas por uno o más municipios donde se aplicará un mismo salario mínimo general. Es importante señalar que no es necesario que estos municipios estén físicamente conectados entre sí; pueden estar separados por otros territorios.

  • La división geográfica se basa en la aplicación del salario mínimo.
  • Puede incluir municipios que no están contiguos.
  • La Comisión Nacional es la encargada de realizar esta determinación.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 96 de Ley Federal del Trabajo?

La Comisión Nacional tiene la responsabilidad de dividir el territorio de México en áreas geográficas. Estas áreas están formadas por uno o más municipios donde se aplicará un mismo salario mínimo general. Es importante señalar que no es necesario que estos municipios estén…

¿Está vigente el artículo 96?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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