Ley federal

Artículo 976 de Ley Federal del Trabajo

Ley Federal del Trabajo · Última reforma de referencia: 21-02-2025 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 976.- Las tercerías pueden ser excluyentes de dominio o de preferencia. Las primeras tienen por objeto conseguir el levantamiento del embargo practicado en bienes de propiedad de terceros; las segundas obtener que se pague preferentemente un crédito con el producto de los bienes embargados.

Artículo adicionado DOF 04-01-1980

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 976 de la Ley Federal del Trabajo menciona dos tipos de tercerías: las excluyentes de dominio y las de preferencia. Cada una tiene un propósito específico en el contexto de un embargo.

  • Tercerías excluyentes de dominio: Su objetivo es lograr que se levante un embargo sobre bienes que pertenecen a terceros, es decir, personas que no son parte del proceso legal.
  • Tercerías de preferencia: Buscan que se pague un crédito de manera prioritaria con el dinero obtenido de la venta de los bienes embargados.

Ambas figuras legales permiten que terceros puedan intervenir en un proceso de embargo, ya sea para proteger sus bienes o para asegurar el pago de un crédito.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 976 de Ley Federal del Trabajo?

El artículo 976 de la Ley Federal del Trabajo menciona dos tipos de tercerías: las excluyentes de dominio y las de preferencia. Cada una tiene un propósito específico en el contexto de un embargo. Tercerías excluyentes de dominio: Su objetivo es lograr que se levante un embargo…

¿Está vigente el artículo 976?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 21-02-2025. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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