Artículo 5 de Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (versión CNBV)
Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita (versión CNBV) · Última reforma de referencia: 2025-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
[Título Vigésimo Tercero del Código Penal Federal; — Capítulo II] Artículo 5. La Secretaría será la autoridad competente para aplicar, en el ámbito administrativo, la presente Ley y su Reglamento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.