Artículo 42 de Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 42.- Las relaciones de trabajo del organismo y su personal se regirán por la Ley Federal del Trabajo, reglamentaria del apartado "A" del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
CAPÍTULO V (sic DOF 20-03-2014)
DEL PROCEDIMIENTO DE QUEJA Capítulo recorrido y denominación reformada DOF 20-03-2014 Sección Primera Disposiciones Generales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.