Artículo 18 de Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano
Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 18. Los acuerdos del Consejo Nacional se publicarán en el Diario Oficial de la Federación y se ejecutarán de conformidad con las atribuciones que la ley establece a las distintas instancias que lo integran.
Capítulo Segundo Consejos Locales y Municipales de Ordenamiento Territorial, Desarrollo Urbano y Metropolitano
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.