Ley federal

Artículo 63 de Ley General de Desarrollo forestal Sustentable

Ley General de Desarrollo forestal Sustentable · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 63. Las autorizaciones, avisos, informes y otros actos previstos en esta Ley, podrán ser revocados por cualquiera de las causas siguientes:

Párrafo reformado DOF 11-04-2022 I. Cuando se cedan o transfieran a un tercero sin autorización expresa de la Secretaría;

II. Por dejar de cumplir con las condiciones o requisitos establecidos en el otorgamiento de la autorización;

III. Realizar actividades no autorizadas y que requieran de autorización expresa conforme a esta Ley y su Reglamento;

IV. Cuando se cause daño a los recursos forestales, a los ecosistemas forestales o se comprometa su regeneración y capacidad productiva;

V. Cuando no se apliquen las medidas de sanidad, regeneración, restauración, mitigación, conservación y demás que la autoridad haya decretado en la superficie objeto de la autorización;

VI. La persistencia de las causas que motivaron la suspensión provisional de las autorizaciones o actos, cuando haya vencido el término que se hubiere fijado para corregirlas;

VII. Cuando se haya otorgado sustentándose en datos falsos o erróneos proporcionados por el titular;

VIII. Cuando el objeto de la autorización se ejecute en contravención a disposiciones de orden público o las contenidas en la presente Ley, su Reglamento, las Normas Oficiales Mexicanas y demás disposiciones que de ella emanen;

IX. Por resolución definitiva de autoridad judicial o jurisdiccional competente, y X. Los demás casos previstos en esta Ley o en las propias autorizaciones.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 63 de Ley General de Desarrollo forestal Sustentable?

Las autorizaciones, avisos, informes y otros actos previstos en esta Ley, podrán ser revocados por cualquiera de las causas siguientes: Párrafo reformado DOF 11-04-2022 I. Cuando se cedan o transfieran a un tercero sin…

¿Está vigente el artículo 63?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 01-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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