Artículo 11 de Ley General de Desarrollo Social
Ley General de Desarrollo Social · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 11. La Política Nacional de Desarrollo Social tiene los siguientes objetivos:
I. Propiciar las condiciones que aseguren el disfrute de los derechos sociales, individuales o colectivos, garantizando el acceso a los programas de desarrollo social y la igualdad de oportunidades, así como la superación de la discriminación y la exclusión social;
II. Promover un desarrollo económico con sentido social que propicie y conserve el empleo, eleve el nivel de ingreso y mejore su distribución;
III. Fortalecer el desarrollo regional equilibrado;
Fracción reformada DOF 26-01-2018 IV. Garantizar formas de participación social en la formulación, ejecución, instrumentación, evaluación y control de los programas de desarrollo social, y Fracción reformada DOF 26-01-2018 V. Promover el desarrollo sostenible y sustentable en el ejercicio de los derechos sociales.
Fracción adicionada DOF 26-01-2018 Capítulo II De la Planeación y la Programación
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.