Artículo 140 de Ley General de Educación
Ley General de Educación · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 140. La Secretaría promoverá, ante las autoridades competentes, las acciones necesarias para dar cumplimiento al artículo anterior, con apego a las disposiciones legales aplicables.
Título Décimo De la validez de estudios y certificación de conocimientos Capítulo Único De las disposiciones aplicables a la validez de estudios y certificación de conocimientos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.