Ley federal

Artículo 3 de Ley General de Educación

Ley General de Educación · Última reforma de referencia: 07-06-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 3. El Estado fomentará la participación activa de los educandos, madres y padres de familia o tutores, maestras y maestros, los pueblos indígenas y afromexicanos, así como de los distintos actores involucrados en el proceso educativo y, en general, de todo el Sistema Educativo Nacional, para asegurar que éste extienda sus beneficios a todos los sectores sociales y regiones del país, a fin de contribuir al desarrollo económico, social y cultural de sus habitantes.

Artículo reformado DOF 07-06-2024

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

En palabras simples

El artículo 3 de la Ley General de Educación establece que el Estado tiene la responsabilidad de promover la participación activa de diversos grupos en el proceso educativo. Esto incluye a los estudiantes, padres de familia o tutores, maestros, así como a las comunidades indígenas y afromexicanas.

El objetivo es garantizar que todos los sectores sociales y regiones del país se beneficien del sistema educativo. De esta manera, se busca contribuir al desarrollo económico, social y cultural de la población.

  • Fomento de la participación de educandos y familias.
  • Involucramiento de maestros y comunidades indígenas y afromexicanas.
  • Extensión de beneficios educativos a todos los sectores sociales.
  • Contribución al desarrollo integral de los habitantes.

Explicación divulgativa generada por IANM con apoyo de IA a partir del texto vigente. No constituye asesoría legal ni sustituye el criterio de un abogado.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 3 de Ley General de Educación?

El artículo 3 de la Ley General de Educación establece que el Estado tiene la responsabilidad de promover la participación activa de diversos grupos en el proceso educativo. Esto incluye a los estudiantes, padres de familia o tutores, maestros, así como a las comunidades…

¿Está vigente el artículo 3?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 07-06-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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