Artículo 31 de Ley General De La Alimentación Adecuada y Sostenible
Ley General De La Alimentación Adecuada y Sostenible · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 31. Los gobiernos de la Federación, las entidades federativas, los municipios y las demarcaciones territoriales, en el ámbito de sus respectivas competencias, promoverán, respetarán y garantizarán la eficiente distribución de los alimentos que conforman las canastas normativa y regional entre la población.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.