Ley federal

Artículo 103 de Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados

Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 103. Las resoluciones de la Secretaría o, en su caso, de las Autoridades garantes podrán:

I. Sobreseer o desechar el recurso de revisión por improcedente;

II. Confirmar la respuesta del responsable;

III. Revocar o modificar la respuesta del responsable, o IV. Ordenar la entrega de los datos personales, en caso de omisión del responsable.

Las resoluciones establecerán, en su caso, los plazos y términos para su cumplimiento y los procedimientos para asegurar su ejecución. Los responsables deberán informar a la Secretaría o, en su caso, a las Autoridades garantes el cumplimiento de sus resoluciones.

Ante la falta de resolución por parte de la Secretaría, o en su caso, de las Autoridades garantes, se entenderá confirmada la respuesta del responsable.

Cuando la Secretaría o, en su caso, las Autoridades garantes determinen durante la sustanciación del recurso de revisión que se pudo haber incurrido en una probable responsabilidad por el incumplimiento a las obligaciones previstas en la presente Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables en la materia, deberán hacerlo del conocimiento del órgano interno de control o de la instancia competente para que ésta inicie, en su caso, el procedimiento de responsabilidad respectivo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 103 de Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados?

Las resoluciones de la Secretaría o, en su caso, de las Autoridades garantes podrán: I. Sobreseer o desechar el recurso de revisión por improcedente; II. Confirmar la respuesta del responsable; III. Revocar o modificar…

¿Está vigente el artículo 103?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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