Ley federal

Artículo 105 de Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados

Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 105. El recurso de revisión solo podrá ser sobreseído cuando:

I. La persona recurrente se desista expresamente;

II. La persona recurrente fallezca;

III. Una vez admitido se actualice alguna causal de improcedencia en los términos de la presente Ley;

IV. El responsable modifique o revoque su respuesta de tal manera que el mismo quede sin materia, o V. Quede sin materia.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 105 de Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados?

El recurso de revisión solo podrá ser sobreseído cuando: I. La persona recurrente se desista expresamente; II. La persona recurrente fallezca; III. Una vez admitido se actualice alguna causal de improcedencia en los…

¿Está vigente el artículo 105?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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