Artículo 119 de Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 119. El procedimiento de verificación concluirá con la resolución que emita la Secretaría o las Autoridades garantes, en la cual se establecerán las medidas que deberá adoptar el responsable en el plazo que la misma determine.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.