Artículo 103 de Ley General de Sociedades Mercantiles
Ley General de Sociedades Mercantiles · Última reforma de referencia: 30-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 103.- Son fundadores de una sociedad anónima:
I.- Los mencionados en el artículo 92, y II.- Los otorgantes del contrato constitutivo social.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.