Artículo 269 de Ley General de Sociedades Mercantiles
Ley General de Sociedades Mercantiles · Última reforma de referencia: 30-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 269.- Las modificaciones a los estatutos sociales se decidirán por mayoría de votos.
En cualquier momento los accionistas podrán acordar formas de organización y administración distintas a la contemplada en este Capítulo; siempre y cuando los accionistas celebren ante fedatario público la transformación de la sociedad por acciones simplificada a cualquier otro tipo de sociedad mercantil, conforme a las disposiciones de esta Ley.
Artículo adicionado DOF 14-03-2016
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.