Artículo 371 de Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito
Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito · Última reforma de referencia: 26-03-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 371. La prenda sin transmisión de posesión, registrada en el Registro Único de Garantías Mobiliarias, tendrá prelación sobre actos y gravámenes registrables y no registrados y sobre actos o gravámenes registrados con posterioridad.
Párrafo reformado DOF 13-06-2014 I. (Se deroga).
Fracción derogada DOF 13-06-2014 II. (Se deroga).
Fracción derogada DOF 13-06-2014 III. (Se deroga).
Fracción derogada DOF 13-06-2014 Artículo adicionado DOF 23-05-2000
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.