Ley federal

Artículo 31 de Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 31. El Sistema Nacional contará con un Subsistema de Transparencia por cada entidad federativa, que funcionará por conducto de su respectivo Comité.

Los Subsistemas de Transparencia tendrán las siguientes funciones:

I. Dar a conocer al Consejo Nacional, a través de su Presidencia, las opiniones que tuvieren sobre el proyecto de política nacional en materia de transparencia y acceso a la información pública;

II. Apoyar en la supervisión de la ejecución de la política nacional en materia de transparencia y acceso a la información pública;

III. Presentar al Consejo Nacional un informe anual sobre sus actividades;

IV. Impulsar acciones de coordinación entre sus integrantes que promuevan el cumplimiento de obligaciones en materia de transparencia y acceso a la información pública;

V. Opinar respecto de los demás asuntos que someta a su consideración el Consejo Nacional, y VI. Las demás que le confiera el Sistema Nacional.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 31 de Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública?

El Sistema Nacional contará con un Subsistema de Transparencia por cada entidad federativa, que funcionará por conducto de su respectivo Comité. Los Subsistemas de Transparencia tendrán las siguientes funciones: I. Dar…

¿Está vigente el artículo 31?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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