Ley federal

Artículo 22 de Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción

Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción · Última reforma de referencia: 20-05-2021 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 22. El Presidente del Comité de Participación Ciudadana tendrá como atribuciones:

I. Presidir las sesiones;

II. Representar a dicho Comité ante el Comité Coordinador;

III. Preparar el orden de los temas a tratar, y IV. Garantizar el seguimiento de los temas de la fracción II.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 22 de Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción?

El Presidente del Comité de Participación Ciudadana tendrá como atribuciones: I. Presidir las sesiones; II. Representar a dicho Comité ante el Comité Coordinador; III. Preparar el orden de los temas a tratar, y IV.…

¿Está vigente el artículo 22?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 20-05-2021. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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