Artículo 23 de Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción
Ley General del Sistema Nacional Anticorrupción · Última reforma de referencia: 20-05-2021 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 23. El Comité de Participación Ciudadana podrá solicitar al Comité Coordinador la emisión de exhortos públicos cuando algún hecho de corrupción requiera de aclaración pública. Los exhortos tendrán por objeto requerir a las autoridades competentes información sobre la atención al asunto de que se trate.
Capítulo IV De la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción Sección I De su organización y funcionamiento
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.