Artículo 30 de Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública
Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública · Última reforma de referencia: 16-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 30.- La Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario se integrará por los titulares de los órganos de prevención y de reinserción social o sus equivalentes de la Federación y de las entidades federativas, y será presidida por quien designe el titular de la Secretaría.
Párrafo reformado DOF 27-05-2019 Dicha Conferencia contará con un Secretario Técnico que será nombrado y removido por el titular de la Secretaría.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.