Ley federal

Artículo 33 de Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública · Última reforma de referencia: 16-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 33.- La Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal, tendrá las siguientes funciones mínimas:

I. Emitir sus reglas de organización y funcionamiento;

II. Proponer y aplicar políticas y programas de cooperación Municipal en materia de Seguridad Pública;

III. Promover el desarrollo y fortalecimiento de las dependencias encargadas de la seguridad pública municipal;

IV. Elaborar propuestas de reformas a las normas de aplicación municipal en materia de Seguridad Pública;

V. Intercambiar experiencias y apoyo técnico entre los Municipios;

VI. Proponer políticas públicas en materia de Seguridad Pública;

VII. Colaborar con las instituciones publicas y privadas, en la ejecución de programas tendientes a prevenir el delito;

VIII. Promover en el ámbito Municipal, la homologación del Desarrollo Policial;

IX. Organizar seminarios, conferencias y ponencias sobre la materia de Seguridad Pública Municipal, y X. Las demás que establezcan otras disposiciones legales o el consejo nacional.

CAPÍTULO VIII De los Consejos Locales e Instancias Regionales de Coordinación

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 33 de Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública?

La Conferencia Nacional de Seguridad Pública Municipal, tendrá las siguientes funciones mínimas: I. Emitir sus reglas de organización y funcionamiento; II. Proponer y aplicar políticas y programas de cooperación…

¿Está vigente el artículo 33?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 16-12-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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