Ley federal

Artículo 63 de Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública · Última reforma de referencia: 16-12-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 63.- En materia de programas de Profesionalización y planes de estudio, la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia tendrá las siguientes atribuciones:

I. Promover estrategias y políticas de profesionalización de los servidores públicos de las Instituciones de Procuración de Justicia;

II. Diseñar los modelos de profesionalización que correspondan para su concertación y en su caso, aplicación en las Instituciones de Procuración de Justicia;

III. Acordar los contenidos del Programa Rector de Profesionalización de los servidores públicos de las instituciones de Procuración de Justicia, a propuesta de su Presidente;

IV. Establecer criterios para supervisar que los servidores públicos se sujeten a los programas correspondientes en los Institutos de Capacitación;

V. Promover el diseño y actualización de políticas y normas para el reclutamiento y selección de aspirantes a las Instituciones de Procuración de Justicia y vigilar su aplicación;

VI. Establecer programas de investigación académica en las materias ministerial y pericial;

VII. Consensuar los criterios por los que se revalidarán equivalencias de estudios en el ámbito de su competencia para su incorporación al programa rector de profesionalización, y VIII. Las demás que le establezcan otras disposiciones legales.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 63 de Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública?

En materia de programas de Profesionalización y planes de estudio, la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia tendrá las siguientes atribuciones: I. Promover estrategias y políticas de profesionalización de los…

¿Está vigente el artículo 63?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 16-12-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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