Ley federal

Artículo 53 de Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros

Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 53. Para el personal que ostente el nivel uno en el Programa de Promoción en la Función por Incentivos en Educación Básica y cumpla con los requisitos para participar en el Programa de Promoción Horizontal por Niveles con Incentivos en Educación Básica, la permanencia que se establezca en cada nivel de incentivo, empezará a contar a partir de su incorporación al mismo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 53 de Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros?

Para el personal que ostente el nivel uno en el Programa de Promoción en la Función por Incentivos en Educación Básica y cumpla con los requisitos para participar en el Programa de Promoción Horizontal por Niveles con…

¿Está vigente el artículo 53?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del Sin Reforma. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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