Artículo 89 de Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros
Ley General del Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros · Última reforma de referencia: Sin Reforma · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 89. En la educación básica, la prestación del Servicio de Asesoría y Acompañamiento a las Escuelas deberá ajustarse a los lineamientos generales que emita la Secretaría.
En la educación media superior, las autoridades de este tipo de educación y los organismos descentralizados, organizarán y operarán dicho Servicio de Asesoría y Acompañamiento a las Escuelas y, en todo caso, propiciarán que sea eficaz y pertinente.
Título Sexto Previsiones generales Capítulo Único Disposiciones generales
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.