Artículo 175 de Ley Nacional de Ejecución Penal
Ley Nacional de Ejecución Penal · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 175. Etapas del tratamiento El programa contemplará:
I. La evaluación diagnóstica inicial;
II. El diseño del programa de tratamiento;
III. El desarrollo del tratamiento clínico;
IV. La rehabilitación e integración comunitaria, y V. La evaluación y seguimiento.
Sección Tercera Centros de Tratamiento
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.