Ley federal

Artículo 69 de Ley Nacional de Ejecución Penal

Ley Nacional de Ejecución Penal · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 69. Autoridades responsables en la revisión La Autoridad Penitenciaria y el titular del Centro, o quien en su ausencia le sustituya legalmente, serán responsables de las revisiones que se lleven a cabo en su interior. Igualmente, responderá por todo abuso que se lleve a cabo sobre las personas privadas de la libertad con motivo de la revisión. No podrán evadir su responsabilidad como superior jerárquico alegando que el personal que lleve a cabo las revisiones no estaba bajo su mando.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 69 de Ley Nacional de Ejecución Penal?

Autoridades responsables en la revisión La Autoridad Penitenciaria y el titular del Centro, o quien en su ausencia le sustituya legalmente, serán responsables de las revisiones que se lleven a cabo en su interior.…

¿Está vigente el artículo 69?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 01-04-2024. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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